REQUISITOS Y SOLICITUDES:
- Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cualquiera de las titulaciones que se indican a continuación
- Formación Profesional de Grado Superior, Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
- Técnico Superior en Integración Social.
- Título de Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Sanidad
- Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Servicios a la Comunidad.
- Técnico Especialista en Economía Socio Familiar
- Técnico Especialista en Adaptación Social.
- Los aspirantes no podrán haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales
El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de
carácter eliminatorio y pudiendo acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para
superar la fase de oposición.
La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que
se puede acceder mediante el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-comunidad-madrid, seleccionando la Sección Personal Laboral, el Grupo III y la categoría profesional Educador, Especialidad de Personas con Discapacidad
Intelectual y rellenando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que
también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen.
En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, haciendo constar en el
motivo de la liquidación: “Acceso a plazas de laboral-Educador, Especialidad de Personas
con Discapacidad Intelectual Estabilización”.
Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la precitada base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa
por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo C1/Grupo Profesional III de los que se deriva la formación de bolsa de trabajo, y que asciende a 21,11 euros.
Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general
, el importe de la tasa
será de
10,55 euros
PROCESO SELECTIVO.
EJERCICIO ÚNICO
, Obligatorio y eliminatorio con un tiempo máximo de 50 minutos.
Contestar por escrito un cuestionario tipo test de 50 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los diferentes temas que integran el temario, cada pregunta contará con 4 respuestas alternativas de las cuales solamente 1 será correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que figuren las cuatro respuestas alternativas propuestas en blanco
o con más de una opción de respuesta, no tendrán valoración, penalizándose con 0,10 puntos
cada una de las contestaciones erróneas
ADJUDICACIÓN DE DESTINOS Y FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por estas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que
hubieran formulado aquellos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer
pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que
será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes
de destino de las plazas adjudicadas, se procederá a la formalización de los contratos con quienes han resultado adjudicatarios, como personal laboral de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de Educador, Especialidad de Personas con Discapacidad Intelectual, todo
ello de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de
marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
Dado que las plazas adscritas a la categoría profesional objeto de la presente convocatoria implican contacto habitual con menores y para el ejercicio de las mismas, se requerirá la aportación de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, todo
ello de conformidad con el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del código civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de forma previa a la formalización del contrato.
BOLSA DE TRABAJO A EFECTOS DE CONTRATACIONES TEMPORALES.
Se constituye una bolsa de trabajo para la cobertura de personal laboral temporal, con todas aquellas personas participantes del turno libre y del cupo de discapacidad que, cumpliendo los requisitos exigidos en la presente convocatoria, hayan alcanzado un nivel mínimo suficiente que será establecido por parte del tribunal de selección y no hayan
superado el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha bolsa de trabajo.
La bolsa de trabajo se regirá por lo dispuesto
en la base decimosexta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, así como en el convenio colectivo único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de
Madrid (2021-2024), no pudiendo formar parte, en ningún caso, de estas las personas aspirantes a las que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en los procesos selectivos.
TEMARIO:
- La Constitución Española de 1978
- Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
- Derechos y deberes de los empleados públicos
- El principio de igualdad entre mujeres y hombres
- Estrategia Madrileña de Atención a Personas con Discapacidad
- La estructura organizativa de recursos y servicios para las personas con discapacidad en la Comunidad de Madrid
- La discapacidad intelectual
- Las personas con discapacidad intelectual
- Calidad de vida en las personas con discapacidad
- El modelo de atención centrado en la persona
- Programas de promoción de la autonomía personal
- El modelo de apoyos
- La conducta adaptativa
- Habilidades conceptuales
- Habilidades sociales
- Programas de promoción de las habilidades sociales
- Habilidades prácticas
- Habilidades manipulativas y laborales
- La autodeterminación y las personas con discapacidad intelectual.
- Ocio y tiempo libre
- Las conductas desafiantes en el marco institucional de los servicios residenciales. El apoyo conductual positivo
- Interacciones con las familias de las personas con discapacidad
- La comunidad como sistema socializador. La inclusión social y utilización de la
comunidad de las personas con discapacidad intelectual.
- Psicomotricidad
- La comunicación
- El aprendizaje
- Técnicas y procedimientos de modificación de conducta
- El trabajo en equipo
- La estimulación basal o multisensorial en personas con discapacidad intelectual
- Primeros auxilios